Lo que debes saber

Un despido por embarazo se reclama como despido injustificado: tienes dos meses para actuar y conviene pedir asesoría de inmediato.

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Qué protege la ley

El artículo 133 de la LFT prohíbe al patrón despedir o coaccionar a una trabajadora por estar embarazada y exigir certificados de no embarazo. El artículo 170 reconoce derechos específicos durante el embarazo y la lactancia: no realizar trabajos que pongan en peligro la salud, descanso de seis semanas antes y seis después del parto con salario íntegro, y reposos para lactancia.

La protección no depende del tipo de puesto ni de si ya informaste a la empresa por escrito. Lo relevante es demostrar que la terminación ocurrió y que no hubo una causa justificada de rescisión. Un contrato temporal que concluye en la fecha pactada es distinto, pero renovar contratos a todas las personas excepto a la embarazada puede ser un indicio de discriminación.

Pruebas que conviene reunir

Guarda mensajes, correos o audios en los que se mencione el embarazo junto con la decisión de terminar la relación. Conserva recibos de nómina, gafete, contrato y cualquier constancia del IMSS. Si te pidieron firmar una renuncia, anota la fecha, quién lo pidió y en qué condiciones; una renuncia firmada bajo presión puede impugnarse, pero necesitas explicar los hechos.

No firmes finiquitos o convenios que digan que renuncias voluntariamente si no es así. Si ya firmaste, igual solicita asesoría: el contenido del documento y las circunstancias pueden revisarse.

PruebaPara qué sirve
Mensajes del jefe o RR. HH.Relacionar el despido con el embarazo
Recibos y alta en el IMSSAcreditar la relación y el salario
Constancias médicasFecha del embarazo y avisos
TestigosConfirmar lo que se dijo al despedir

Plazo y qué puedes reclamar

Las acciones por despido prescriben en dos meses desde el día siguiente al despido, así que no esperes al parto para actuar. Primero se acude a conciliación prejudicial y, si no hay acuerdo, a juicio. Puedes pedir reinstalación en tu puesto o indemnización de tres meses de salario integrado, más salarios vencidos según las reglas y límites de la ley, y las prestaciones devengadas.

Si estabas inscrita en el IMSS, revisa tu derecho al subsidio por maternidad: el IMSS exige 30 semanas cotizadas en los 12 meses anteriores al inicio de la incapacidad. Si el patrón te dio de baja, la conservación de derechos puede ayudarte durante un tiempo. PROFEDET da asesoría y representación gratuitas en asuntos federales.

Ejemplo calculado paso a paso

Ganas $13,000 al mes, entraste el 1 de junio de 2023 y te despiden el 30 de septiembre de 2026 al informar tu embarazo; reclamas la indemnización.

ConceptoResultado
Salario diario ordinario del periodo
Salario del periodo ÷ 30
$433.33
Años de servicio incluidos proporcionales3.33
Días computables para aguinaldo del año273 días
Aguinaldo proporcional generado$4,861.64
Aguinaldo pendiente$4,861.64
Vacaciones proporcionales del ciclo, antes de adelantadas6.02 días
Pago de vacaciones pendientes$2,607.12
Prima vacacional pendiente$651.78
Subtotal de prestaciones de finiquito$8,120.55
Prima de antigüedad si procede$17,338.08
SDI fijo estimado para indemnización$455.89
Indemnización constitucional: tres meses$41,030.14
Total estimado$66,488.77

Cálculo con la versión 2026.10.01 del motor y reglas de 2026. Montos brutos salvo que se indique; tu caso puede variar.

Cambia los datos de este ejemploAbrir la calculadora con este caso

Antes de revisar tu caso

  • Fecha exacta del despido.
  • Evidencias de la relación entre embarazo y despido.
  • No firmar renuncias o convenios sin asesoría.
  • Acudir a conciliación antes de que pasen dos meses.

Fuentes y fundamento

Información general sobre empleo en México. Las condiciones de tu contrato y la valoración de la autoridad pueden modificar el resultado.