El reparto combina 50% por días y 50% por salarios; después se revisa el límite individual más favorable.
Las dos partes del reparto
El monto repartible se divide en partes iguales. Una mitad se distribuye proporcionalmente a los días computables de cada participante; la otra, a sus salarios computables del ejercicio. La base tiene reglas propias: no sustituyas el salario utilizado para PTU por un salario integrado de indemnización ni agregues todas las prestaciones sin revisar su tratamiento.
| Dato | Uso |
|---|---|
| Monto total repartible | Forma las dos mitades |
| Días propios y del grupo | Distribuyen el 50% por tiempo |
| Salarios propios y del grupo | Distribuyen el 50% por salarios |
| Historial de PTU | Permite comparar el límite individual |
Ejemplo antes del límite
Ejemplo ilustrativo: una bolsa de $100,000 deja $50,000 para cada mitad. Si tus días son 100 de un total de 1,000, la parte por tiempo sería $5,000. Si tu salario computable es $100,000 de un total de $1,000,000, la parte salarial sería otros $5,000. El preliminar es $10,000, sujeto a reglas de participación y al límite correspondiente.
La fracción VIII del artículo 127 establece un límite de tres meses de salario o el promedio de PTU recibida en los últimos tres años, lo que resulte más favorable. El límite no equivale a una garantía de recibir tres meses: primero tiene que existir un reparto que te corresponda.
Fechas, información y diferencias
El reparto se realiza dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual. Identifica si el empleador es persona moral o física y el ejercicio del reparto; no confundas el año del depósito con el de las utilidades. Pide los datos del proyecto individual y los días considerados.
Revisa si eres participante, si la empresa está exceptuada y si hay reglas especiales para tu categoría. Las personas eventuales tienen un requisito de al menos 60 días; no lo traslades sin matices a todas las personas de planta. Ante diferencias, conserva recibos y solicita orientación sobre información, objeciones y reclamación.
Fechas de pago y tope
Las empresas que son personas morales deben pagar la PTU a más tardar el 30 de mayo; las personas físicas con actividad empresarial, a más tardar el 29 de junio. Si la empresa no tuvo utilidad en el ejercicio, no hay reparto.
Desde la reforma de 2021, la PTU de cada persona tiene un tope: el que resulte más favorable entre tres meses de salario y el promedio de la PTU recibida en los últimos tres años (art. 127, fr. VIII).
| Dato | Regla |
|---|---|
| Porcentaje repartible | 10% de la renta gravable de la empresa |
| Fecha límite (persona moral) | 30 de mayo |
| Fecha límite (persona física) | 29 de junio |
| Tope individual | 3 meses de salario o promedio de los últimos 3 años, lo más favorable |
| Exención de ISR | 15 UMA ($1,759.65 en 2026) |
Quién no participa
No todas las personas trabajadoras reciben PTU. Las exclusiones principales son:
- Directores, administradores y gerentes generales.
- Trabajadores eventuales que trabajaron menos de 60 días en el año.
- Trabajadoras y trabajadores del hogar.
- Personal de empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, y otras empresas exentas por ley.
- Quienes trabajan en plataformas digitales con 288 horas efectivas o menos en el año.
Si renunciaste o te despidieron
Si trabajaste en el año que se reparte, tienes derecho a la PTU aunque ya no estés en la empresa cuando se paga. Pide que te avisen la fecha y acude a cobrarla. El derecho a reclamarla prescribe en un año desde que es exigible. Si la empresa no la paga, puedes acudir a PROFEDET o presentar una queja ante la inspección del trabajo.
Ejemplo calculado paso a paso
La empresa reparte $500,000 entre 50 personas que trabajaron todo el año (18,250 días). Tu salario anual fue $150,000 de un total de $7,500,000.
| Concepto | Resultado |
|---|---|
| Participación por días: 50% del fondo | $5,000.00 |
| Salario individual computable para reparto | $150,000.00 |
| Participación por salarios: 50% del fondo | $5,000.00 |
| PTU antes del límite individual | $10,000.00 |
| Límite individual más favorable Mayor entre 90 días de salario y promedio de PTU de 3 años | $36,900.00 |
| Total estimado | $10,000.00 |
Cálculo con la versión 2026.10.01 del motor y reglas de 2026. Montos brutos salvo que se indique; tu caso puede variar.
Cambia los datos de este ejemploAbrir la calculadora con este casoPreguntas frecuentes
¿Cuándo se paga la PTU?
A más tardar el 30 de mayo si la empresa es persona moral y el 29 de junio si es persona física.
¿Cuánto me toca de PTU?
Depende de la utilidad de la empresa, tus días trabajados y tu salario. Tiene un tope de tres meses de salario o el promedio de los últimos tres años, lo que te convenga más.
¿Me toca PTU si renuncié?
Sí, por el tiempo que trabajaste en el año que se reparte.
¿La PTU paga ISR?
Está exenta hasta 15 UMA ($1,759.65 en 2026); el excedente se grava.
Antes de revisar tu caso
- Ejercicio y monto repartible reconocido.
- Días y salarios propios y totales.
- Categoría y derecho a participar.
- Promedio de PTU previo y límite aplicable.
Fuentes y fundamento
- Ley Federal del Trabajo vigente
Texto con última reforma DOF 14-05-2026; prestaciones, indemnización, vacaciones y PTU.
- PROFEDET: orientación laboral
Asesoría y representación gratuitas; confirma el supuesto legal antes de firmar un convenio.
Información general sobre empleo en México. Las condiciones de tu contrato y la valoración de la autoridad pueden modificar el resultado.