Cómo se calcula
PTU previa al límite = 50% del fondo × tus días elegibles ÷ días elegibles totales + 50% del fondo × tu salario elegible ÷ salarios elegibles totales. El límite individual general es el mayor entre 90 días de salario y el promedio de PTU recibida en los últimos 3 años; se aplica el más favorable.
Ejemplo ilustrativo
Si el fondo a distribuir es $100,000 y representas 10% de los días y 8% de los salarios elegibles, corresponden $5,000 por días y $4,000 por salarios: $9,000 antes del límite. Con salario diario de $500 y promedio anterior de $20,000, el límite general es $45,000, por lo que no reduce esos $9,000.
Ejemplos resueltos
Empresa pequeña
Fondo de $100,000.00, 10 trabajadores con días y salarios iguales; tú $500.00 diarios.
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Participación por días: 50% del fondo | $5,000.00 |
| Participación por salarios: 50% del fondo | $5,000.00 |
| Límite individual más favorable | $45,000.00 |
| Resultado | $10,000.00 |
Trabajaste medio año
Fondo de $500,000.00; trabajaste 180 de 7,300 días totales y ganaste $72,000.00 de $2,400,000.00 en salarios.
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Participación por días: 50% del fondo | $6,164.38 |
| Participación por salarios: 50% del fondo | $7,500.00 |
| PTU antes del límite individual | $13,664.38 |
| Resultado | $13,664.38 |
Cuando aplica el tope
Fondo de $2,000,000.00; eres 1 de 5 trabajadores con $300.00 diarios y sin PTU previa.
| Concepto | Monto |
|---|---|
| PTU antes del límite individual | $400,000.00 |
| Límite individual más favorable | $27,000.00 |
| Resultado | $27,000.00 |
El tope es el mayor entre tres meses de salario y tu promedio de PTU de los últimos tres años.
Tope de PTU por salario (90 días)
Si tu promedio de PTU de los últimos tres años es mayor, se usa ese promedio.
| Salario diario | Sueldo mensual aprox. | Tope de 90 días |
|---|---|---|
| $315.04 | $9,451.20 | $28,353.60 |
| $400.00 | $12,000.00 | $36,000.00 |
| $500.00 | $15,000.00 | $45,000.00 |
| $600.00 | $18,000.00 | $54,000.00 |
| $800.00 | $24,000.00 | $72,000.00 |
| $1,000.00 | $30,000.00 | $90,000.00 |
| $1,500.00 | $45,000.00 | $135,000.00 |
Qué conviene tener a la mano
Fondo de utilidades a distribuir, días y salarios elegibles totales, tus días y salario elegibles, salario diario, promedio de PTU de los tres años anteriores y tipo de trabajador. En confianza, revisa la base salarial máxima aplicable.
Úsala para revisar el proyecto de reparto de utilidades del ejercicio anterior. El fondo que ingreses debe ser la cantidad de PTU a distribuir, no la utilidad total de la empresa ni sus ventas. Solicita los datos del proyecto antes de estimar tu participación.
Alcance y casos que requieren revisión
- El resultado depende de datos elegibles de toda la empresa y no comprueba su declaración fiscal ni las exenciones del empleador.
- Los eventuales requieren al menos 60 días en el año; directores, administradores, gerentes generales y otros grupos excluidos no participan.
- Los trabajadores de confianza tienen una regla salarial especial. Las modalidades con límites particulares o trabajo en plataformas requieren revisión adicional.
- El resultado es bruto: no calcula ISR ni valida automáticamente los días y conceptos salariales que computan para el reparto.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se paga la PTU?
Las empresas (personas morales) la pagan a más tardar el 30 de mayo y las personas físicas con actividad empresarial a más tardar el 29 de junio, dentro de los 60 días siguientes a la declaración anual.
¿Cuál es el tope de la PTU?
El mayor entre tres meses de salario y el promedio de PTU recibida en los últimos tres años (LFT 127 VIII, reforma de 2021).
¿Tengo derecho a PTU si ya no trabajo en la empresa?
Sí, si trabajaste en el ejercicio del reparto. Tienes un año para reclamarla desde que es exigible.
Fundamento aplicable
LFT, artículo 123: reparto por mitades según días y salarios; artículo 124: salario computable; artículo 127, fracciones I, II, VI, VII y VIII: exclusiones, confianza, eventuales y límite individual más favorable.
Fuentes y fundamento
- Ley Federal del Trabajo vigente
Texto con última reforma DOF 14-05-2026; prestaciones, indemnización, vacaciones y PTU.
Información general sobre empleo en México. Las condiciones de tu contrato y la valoración de la autoridad pueden modificar el resultado.