Confirma tu categoría y el ejercicio trabajado; para eventuales se exige al menos 60 días, continuos o discontinuos.
Participantes y personas excluidas
Las personas trabajadoras de planta participan conforme a las reglas de reparto. Las eventuales deben alcanzar por lo menos 60 días en el ejercicio. Directores, administradores y gerentes generales no participan; otras personas de confianza tienen reglas específicas para su base salarial. Los servicios independientes sin relación laboral no generan PTU como prestación laboral.
| Caso | Revisión inicial |
|---|---|
| Persona de planta | Relación y tiempo computable del ejercicio |
| Eventual | Al menos 60 días del ejercicio |
| Exempleado | Participación generada antes de la baja |
| Dirección o gerencia general | Exclusión legal |
| Plataforma digital | Regla especial de tiempo efectivo |
No toda empresa está obligada en cualquier momento
El artículo 126 contempla empleadores exceptuados, como ciertas empresas de nueva creación durante el periodo legal y algunas instituciones según sus condiciones. No conviertas una excepción específica en una afirmación general de que todas las pequeñas empresas están libres de PTU. Pide el fundamento de la excepción y verifica a qué ejercicio corresponde.
Las personas trabajadoras del hogar no participan en este reparto. En plataformas digitales se exige superar 288 horas efectivamente laboradas al año; no apliques directamente la referencia de 60 días sin estudiar esa modalidad. Las incapacidades por riesgos de trabajo y los periodos de maternidad tienen reglas de cómputo protegidas.
Cómo revisar tu situación
Ejemplo ilustrativo: una persona eventual acumula 35 días en un primer contrato y 30 en otro con el mismo empleador dentro del ejercicio. Revisar solo el último contrato ocultaría el total de 65 días. Identifica los periodos y el empleador real; no sumes días de empresas distintas como si fueran una sola bolsa de utilidades.
Si ya saliste, conserva contrato, bajas, recibos y datos de contacto para solicitar información del reparto. Si te excluyen por ser exempleado o por una categoría imprecisa, pide la explicación por escrito y consulta orientación. El derecho a participar no permite estimar el importe sin la bolsa, los días y salarios totales.
Ejemplo calculado paso a paso
Eres eventual y trabajaste 75 días del ejercicio, con $30,000 de salario. Mismo reparto: $500,000, 18,250 días y $7,500,000 en salarios.
| Concepto | Resultado |
|---|---|
| Participación por días: 50% del fondo | $1,027.40 |
| Salario individual computable para reparto | $30,000.00 |
| Participación por salarios: 50% del fondo | $1,000.00 |
| PTU antes del límite individual | $2,027.40 |
| Límite individual más favorable Mayor entre 90 días de salario y promedio de PTU de 3 años | $36,000.00 |
| Total estimado | $2,027.40 |
Clave: Al superar 60 días en el ejercicio, el trabajador eventual sí participa.
Cálculo con la versión 2026.10.01 del motor y reglas de 2026. Montos brutos salvo que se indique; tu caso puede variar.
Cambia los datos de este ejemploAbrir la calculadora con este casoAntes de revisar tu caso
- Tipo de relación y categoría real.
- Periodos del ejercicio con el mismo empleador.
- Fundamento de cualquier excepción.
- Proyecto individual y datos de contacto para cobrar.
Fuentes y fundamento
- Ley Federal del Trabajo vigente
Texto con última reforma DOF 14-05-2026; prestaciones, indemnización, vacaciones y PTU.
- PROFEDET: orientación laboral
Asesoría y representación gratuitas; confirma el supuesto legal antes de firmar un convenio.
- DOF: trabajo en plataformas digitales
Reforma 24-12-2024, LFT 291-A a 291-U; contrato digital, ingreso neto y proporcionales incluidos en el pago por tarea.
Información general sobre empleo en México. Las condiciones de tu contrato y la valoración de la autoridad pueden modificar el resultado.