Aguinaldo proporcional = salario diario × días de aguinaldo × días trabajados en el año ÷ 365. Si entraste el 1 de julio, te toca alrededor de la mitad (184 de 365 días).
La fórmula paso a paso
1) Salario diario: sueldo mensual ÷ 30, o semanal ÷ 7. 2) Días de aguinaldo: 15 como mínimo o los de tu contrato. 3) Días trabajados: del 1 de enero (o tu fecha de ingreso) al 31 de diciembre (o tu último día), contando ambos extremos. 4) Divide entre 365; en años bisiestos, entre 366.
Ejemplo: salario diario de $400, 15 días de aguinaldo y 180 días trabajados. $400 × 15 × 180 ÷ 365 = $2,958.90 brutos. Si tu contrato da 30 días, cambia solo ese dato: $5,917.81.
| Situación | Periodo que se cuenta |
|---|---|
| Entraste durante el año y sigues | Desde tu ingreso hasta el 31 de diciembre |
| Trabajaste desde enero y saliste | Del 1 de enero a tu último día |
| Entraste y saliste en el mismo año | Desde tu ingreso hasta tu salida |
| Entraste el año pasado | Año completo: del 1 de enero al 31 de diciembre |
Tabla según el mes en que entraste
Aguinaldo bruto mínimo (15 días) si entraste el día 1 del mes indicado y sigues trabajando al 31 de diciembre de 2026, para tres sueldos mensuales. Para otro sueldo, multiplica tu aguinaldo anual por el porcentaje de la tercera columna.
| Fecha de ingreso | Días trabajados | Proporción | Sueldo 10,000 | Sueldo 18,000 | Sueldo 35,000 |
|---|---|---|---|---|---|
| 1 de enero | 365 | 100% | $5,000.00 | $9,000.00 | $17,500.00 |
| 1 de febrero | 334 | 91.5% | $4,575.34 | $8,235.62 | $16,013.70 |
| 1 de marzo | 306 | 83.8% | $4,191.78 | $7,545.21 | $14,671.23 |
| 1 de abril | 275 | 75.3% | $3,767.12 | $6,780.82 | $13,184.93 |
| 1 de mayo | 245 | 67.1% | $3,356.16 | $6,041.10 | $11,746.58 |
| 1 de junio | 214 | 58.6% | $2,931.51 | $5,276.71 | $10,260.27 |
| 1 de julio | 184 | 50.4% | $2,520.55 | $4,536.99 | $8,821.92 |
| 1 de agosto | 153 | 41.9% | $2,095.89 | $3,772.60 | $7,335.62 |
| 1 de septiembre | 122 | 33.4% | $1,671.23 | $3,008.22 | $5,849.32 |
| 1 de octubre | 92 | 25.2% | $1,260.27 | $2,268.49 | $4,410.96 |
| 1 de noviembre | 61 | 16.7% | $835.62 | $1,504.11 | $2,924.66 |
| 1 de diciembre | 31 | 8.5% | $424.66 | $764.38 | $1,486.30 |
Si dejas el empleo antes de diciembre
La parte proporcional del aguinaldo forma parte del finiquito y se paga al terminar la relación, por renuncia, despido o fin de contrato. No tienes que esperar a diciembre. Ejemplo: con $18,000 al mes y salida el 30 de septiembre, trabajaste 273 días: $600 × 15 × 273 ÷ 365 = $6,731.51 brutos.
Revisa que el finiquito no reste un anticipo que en realidad era otra prestación, y que no se duplique un aguinaldo ya pagado del mismo año.
Qué días cuentan y errores frecuentes
Vacaciones, descansos y permisos con goce de sueldo cuentan como trabajados, igual que las incapacidades por maternidad o riesgo de trabajo. Las faltas injustificadas pueden descontarse. No restes todas las ausencias del registro de asistencia sin revisar su causa.
Errores comunes: usar el sueldo neto en lugar del bruto; usar el sueldo mensual como si fuera diario; contar los últimos 12 meses en lugar del año calendario; olvidar que el aguinaldo del año anterior ya se pagó en diciembre.
Ejemplo calculado paso a paso
Entraste el 16 de abril de 2026 con salario diario de $350 y sigues trabajando al 31 de diciembre.
| Concepto | Resultado |
|---|---|
| Días computables de 2026 | 260 días |
| Aguinaldo generado Salario diario × días de aguinaldo × días computables ÷ 365 | $3,739.73 |
| Pendiente antes de ISR | $3,739.73 |
| Límite de exención anual: 30 UMA | $3,519.30 |
| Total estimado | $3,739.73 |
Cálculo con la versión 2026.10.01 del motor y reglas de 2026. Montos brutos salvo que se indique; tu caso puede variar.
Cambia los datos de este ejemploAbrir la calculadora con este casoPreguntas frecuentes
¿Tengo derecho a aguinaldo si no trabajé todo el año?
Sí. La LFT reconoce el pago proporcional a quienes no completaron el año, sin importar si siguen trabajando o ya se fueron de la empresa.
¿Cuál es la fórmula del aguinaldo proporcional?
Salario diario × días de aguinaldo × días trabajados en el año ÷ 365. Con $400 diarios, 15 días de aguinaldo y 200 días trabajados: $400 × 15 × 200 ÷ 365 = $3,287.67.
Entré a trabajar en octubre, ¿cuánto me toca?
Cuenta los días desde tu ingreso hasta el 31 de diciembre (o hasta tu salida). Del 1 de octubre al 31 de diciembre son 92 días: recibirías 92/365 de tu aguinaldo anual, alrededor de 25%.
¿Las faltas reducen el aguinaldo proporcional?
Las faltas injustificadas pueden descontarse de los días computables. Vacaciones, descansos e incapacidades por maternidad o riesgo de trabajo cuentan como tiempo trabajado.
Antes de revisar tu caso
- Fechas exactas de ingreso y salida.
- Días de aguinaldo pactados.
- Sueldo bruto y salario diario.
- Faltas injustificadas con su comprobante.
- Anticipos del mismo año.
Fuentes y fundamento
- Ley Federal del Trabajo vigente
Texto con última reforma DOF 14-05-2026; prestaciones, indemnización, vacaciones y PTU.
- PROFEDET: orientación laboral
Asesoría y representación gratuitas; confirma el supuesto legal antes de firmar un convenio.
Información general sobre empleo en México. Las condiciones de tu contrato y la valoración de la autoridad pueden modificar el resultado.